Skip to main content

Capitán Naval

El capitán naval es un oficial de la Autoridad Marítima de las Islas Caimán (Maritime Authority of the Cayman Islands, MACI), a quien se designa en virtud de la Ley de Autoridad Marítima y quien se encarga de tratar los asuntos de la tripulación, lo que incluye quejas y disputas en las embarcaciones de las Islas Caimán. Esto incluye conflictos salariales. El capitán naval también realiza investigaciones sobre la conducta y la aptitud de la gente de mar que prestan servicio, así como los nacimientos y las muertes a bordo de embarcaciones de las Islas Caimán.

Principales áreas de responsabilidad

El capitán naval trata principalmente los asuntos de la tripulación, lo que incluye las quejas relacionadas con el alojamiento, la comida, la repatriación, las horas de trabajo, el pago de gastos médicos y la mediación en conflictos salariales. El capitán naval está a disposición de toda la tripulación en todas las embarcaciones, incluso aquellas que están registradas solo de manera privada, a las cuales no se aplica la Convención sobre Trabajo Marítimo (Maritime Labour Convention, MLC).

El capitán naval desempeña un papel activo en las disputas para proteger tanto los intereses del propietario del barco como los de la gente de mar y se esfuerza por garantizar que ambas partes puedan encontrar una solución mutuamente satisfactoria para la disputa. Al informar una queja o disputa, es importante proporcionarle al capitán naval tanta información como sea posible, incluida una copia del contrato, información de respaldo, un contacto para comunicarse en su nombre y el permiso expreso para hacerlo.

A pesar de que las mediaciones del capitán naval son generalmente exitosas, en ocasiones, no es posible llegar a un acuerdo. En este caso, existen dos opciones. Una es la vía legal. La segunda alternativa es que ambas partes soliciten al capitán naval que tome una decisión vinculante con respecto a la disputa. En estos casos, el capitán naval revisa las presentaciones de ambas partes y expone una resolución. En virtud de la ley, esta resolución es legalmente vinculante.

Comuníquese con el capitán naval o llame por teléfono a la oficina de la MACI en el Reino Unido.

Cuando ocurre un nacimiento o una muerte en una embarcación de las Islas Caimán o en tierra firme, se debe informar a la MACI (comuníquese con el capitán naval o con Informes).

Investigaciones sobre muertes

Cuando se produce una muerte, el capitán naval comenzará una investigación sobre la muerte, tal como lo exige la Ley de la Marina Mercante. Esta investigación puede ser por correspondencia o puede requerir una investigación en el lugar del hecho. Una vez que finaliza la investigación, el capitán naval le informará al oficial del Registro los nacimientos y las muertes en las Islas Caimán.

Informar una muerte – Descargar PDF

El capitán de la embarcación debe informar la muerte de cualquier gente mar, trabajador temporal o pasajero (a bordo, en tierra firme o en cualquier otro lugar) al capitán naval mediante el “Formulario RD 1” en el Registro Náutico de las Islas Caimán dentro de los tres días desde la fecha de la muerte. (Formulario adjuntado anteriormente). Esto no se aplica a las muertes por accidentes. A pesar de que es posible que toda la información no esté disponible, será de ayuda para la investigación tener copias de los certificados de defunción, las entradas de la libreta de registro oficial e informes detallados sobre las circunstancias que provocaron la muerte y se observaron inmediatamente después. Cuando la muerte sea el resultado de un accidente, consulte Investigación de accidentes.

Informar un nacimiento – Descargar PDF

El capitán de la embarcación debe informar todo nacimiento al capitán naval mediante el “Formulario RB 1” en el Registro Náutico de las Islas Caimán dentro de los siete días desde la fecha del nacimiento.

Comuníquese con el capitán naval

Comuníquese con nosotros o llame por teléfono a la oficina de la MACI en el Reino Unido.